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Seguimiento de títulos

Los principales propósitos de este programa, de acuerdo con el Real Decreto 822/2021, con las recomendaciones de REACU y con los protocolos de las agencias de calidad son:

  • Evaluar el desarrollo y la implantación del proyecto formativo recogido en la memoria de verificación, detectar y promover propuestas de mejora.
  • Preparar la titulación para el posterior proceso de renovación de su acreditación.

El seguimiento se aplica a todas las titulaciones oficiales implantadas. Transcurridos tres años después de la implantación efectiva o de la renovación de la acreditación será preceptiva la elaboración del informe de seguimiento.

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Acreditación de títulos

La acreditación consiste en la evaluación de la calidad de una titulación de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021 y los protocolos de las agencias de calidad alineados con los Criterios y Estándares de Calidad Europeos (ESG).

La acreditación de los títulos oficiales de doctorado impartidos en centros no acreditados institucionalmente deberá renovarse en un plazo máximo de seis años, desde la fecha de inicio del programa de doctorado o de la renovación de la acreditación anterior. El proceso de evaluación se realizará de acuerdo con el procedimiento y los plazos que la comunidad autónoma de Galicia establezca. En todo caso, incluirá una visita de expertos externos a la universidad.

El proceso de renovación de la acreditación podrá llevar consigo una implantación de acciones de mejora, que podrían ser también objeto de una solicitud de modificación del título si así lo determina la escuela de doctorado.

El proceso culmina el ciclo de vida de una titulación y supone, en el caso de ser favorable, la renovación de la autorización para continuar impartiendo la titulación.

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